jueves, 19 de abril de 2018

España: condenas penales para los insultos en el deporte. Fuente:iusports.com


Los estadios de fútbol han sido uno de esos ámbitos donde los aficionados se han sentido libres para usar una amplia panoplia de expresiones malsonantes, despreciativas o directamente vejatorias dirigidas al árbitro, a los jugadores del equipo rival. Escuchar esas expresiones ha formado parte del paisaje futbolístico de igual manera que el humo de los puros o los transistores que radiaban los resultados de otros encuentros.

Pero esto está cambiando. La percepción social acerca de este fenómeno ya no es tan permisiva, y no se considera con tanta liviandad que un aficionado -pero obviamente, tampoco los futbolistas o los árbitros- consienta tácitamente que deba soportar tales vejaciones dirigidas a él o a otros, y menos si se entiende que el deporte tiene una vocación de escuela moral. Así es comprensible la alarma social suscitada por los insultos homófobos a un árbitro homosexual o los machistas dirigidos a árbitros féminas.

Ahora bien perseguir los insultos no es tarea simple dada su complicada catalogación como también la medición de su gravedad. Y es que bajo el ropaje de un insulto puede haber un sentido distinto. En un pasaje de El Quijote, Sancho Panza dice lo siguiente: “confieso que no es deshonra llamar hijo de puta a nadie, cuando cae debajo del entendimiento alabarle”. Pero también puede darse el proceso inverso: que bajo una apariencia descriptiva o incluso de encomio, se esconda un sentido vejatorio. Recuérdese en este sentido  el enunciado de la pancarta “Shakira es de todos” que apareció en un partido entre el RCD Espanyol y FC Barcelona -donde se hacía referencia a la esposa del jugador barcelonista, Gerard Piqué-, pues bajo su capa semántica inocua, habita uno manifiestamente injurioso desde el punto de vista pragmático.

A pesar de los problemas mencionados, hay razones suficientes para perseguir y sancionar las proferencias vejatorias en especial cuando las dudas antes aludidas se disuelven en el caso concreto. Pero las medidas administrativas -básicamente en forma de multas económicas- no han sido suficientes para alejar a los aficionados insultones de los campos de fútbol. Por ello, resulta especialmente interesante y promisoria la sentencia (nº 83/2018) de un juzgado de lo penal de Zaragoza de hace solo unos pocos días, que califica los insultos dirigidos por un aficionado a un joven árbitro de color -"negro, negrito, negro de mierda, me cago en tu raza, vete al desierto que es donde tienes que estar”- como lesivos de la dignidad humana en tanto humillación, menosprecio o descrédito de grupos o personas. En la medida que tal valor constitucional está protegido penalmente en el artículo 510-2 a) del Código Penal vigente desde la última reforma de 2015, la sanción jurídica que imputa el juez al autor de tales vejaciones es la condena a nueve meses de prisión, además de multa y cuatro años de inhabilitación especial para profesión u oficio educativos, en el ámbito docente, deportivo y de tiempo libre.

Esta sentencia novedosa puede marcar un hito al enfocar la sanción de la violencia verbal que campa por los estadios de fútbol por una vía penal cuyos efectos preventivos se nos antojan más contundentes y disuasorios que los empleados hasta el momento… aunque ello implique la pérdida de una de las señas propias del fútbol de antaño.

José Luis Pérez Triviño
Profesor titular de Filosofía del Derecho (UPF)
Presidente de la Asociación Española para la Calidad Ética en el Deporte
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